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Foto del escritorLiga de Ciudades de Puerto Rico

Las 4 medidas que conciernen a los municipios en la sesión extraordinaria

(San Juan, Puerto Rico – 9 de diciembre de 2024) – El gobernador Pedro Pierluisi convocó a una sesión extraordinaria en la que incluyó 10 medidas. La misma comenzó hoy, lunes 9 de diciembre y cuatro de ellas contienen medidas que impactan directamente a los gobiernos municipales.


Las 4 medidas relacionadas a los gobiernos locales incluidas en la convocatoria son:


  1. Código de incentivos de Puerto Rico

    A-108- Para enmendar las secciones 1020.07, 2073.06, y 3040.01 de la ley 60-2019 según enmendada, conocida como el código de incentivos de Puerto Rico; a los fines de establecer un nuevo incentivo que fomente el desarrollo de viviendas en los centro urbanos de los municipios; y para otros fines.

  2. Preservación Ambiental de Culebra y Vieques

    P del S 1497- Para enmendar el artículo 3 y 5 de la Ley 293-2004, según enmendada, conocida como “La Ley del Fondo Permanente para la Preservación Ambiental de Culebra y Vieques”, a los fines de hacer correcciones técnicas, y para otros fines.

  3. Transferencia de propiedades inmuebles en San Juan

    R.C. de la C. 24- Para ordenar al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles, creado mediante la ley 26-207, según enmendada, conocida como la “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal;” evaluar conforme a las disposiciones de la ley y su reglamento, la transferencia, usufructo o cualquier otro negocio jurídico contemplado en dicha ley, por parte del Programa de Parques Nacionales adscrito al Departamento de Recursos naturales y Ambientales al Municipio de San Juan, del Parque Luis Muñoz Rivera, localizado en Puerta de Tierra en el Municipio de San Juan, incluyendo todas sus instalaciones, edificaciones; y para otros fines relacionados.

  4. Código Municipal

    P. de la C. 2199- Para enmendar la Sección 4, de la Ley de 18 de enero de 2024, a los fines de aclarar las disposiciones sobre la vigencia de dicha Ley, que enmendó varias disposiciones de la Ley 107-2020, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”; y para otros fines relacionados.


Según establece la Constitución, la sesión extraordinaria podrá extenderse hasta un máximo de 20 días. Es decir, hasta el 29 de diciembre.

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